FICHA
- Producto Departamento Dúplex
- Operación Alquiler
- Barrio Puerto Madero
- Ambientes 2
- Dormitorios 1
- Baños 2
- Antigüedad 20 años
- Estado Excelente
- Disposición Contrafrente
- Sup. Propia 99,00 m2
- Sup. Cubierta 80,00 m2
- Sup. Balcón 19,00 m2
- Expensas 400000
U$S 1.350
ALQUILER
Aime Paine 1600
Puerto Madero
EXCELENTE DEPARTAMETO 2 AMBIENTES DE 99M2 TOTALES EN PUERTO MADERO.
HALL, LIVING COMEDOR CON BALCÓN, TOILETTE Y COCINA CON BARRA AMERICANAY ESPACIO PARA LAVARROPAS.
PLANTA SUPERIOR: DORMITORIO EN SUITE CON JACUZZI.
AGUA CALIENTE CENTRAL
AIRE ACONDICIONADO FRÍO CALOR
AMENITIES
PISCINA
GIMNASIO
SUM
SEGURIDAD 24HS
CONCRETO REAL ESTATE -011-4544-5998- "ATENDEMOS LOS 7 DÍAS DE LA SEMANA"
CPI 7372 ----- CMCPSI 6510
Todas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmueble. Todas las fotos, imágenes y videos son meramente ilustrativos y no contractuales. Los precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales.
DETALLE DE LA PROPIEDAD
Expensas: 400000
Toilette: si
ADICIONALES
Apto Profesional
Balcón
Luz
Internet
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.